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miércoles, 5 de junio de 2019

JUAN MANUEL DE ROSAS: El Origen del Aguinaldo en la Argentina (08-01-1852) y otros Derechos Sociales del gobierno de J.M.de Rosas


EL ORIGEN DEL AGUINALDO EN LA ARGENTINA (08-01-1852) Y OTROS DERECHOS SOCIALES DEL GOBIERNO DE J.M.DE ROSAS-

(texto actualizado)


Gonzalo V. Montoro Gil

 

Origen de la palabra "Aguinaldo"

En brevísima síntesis el origen del aguinaldo debemos encontrarlo en la remota Roma, luego con el tiempo pasó a España y de ahí los inmigrantes lo llevaron a América.

Aguinaldo’ es una palabra de origen español, deformación de la palabra latina “ ac in anno” (en este año) que se le dio el significado "regalo que se da en Navidad o en la fiesta de la Epifanía” 

Originariamente era una especie de gratificación que daban los señores feudales o –luego-empleadores en épocas de Navidad pero no era un derecho adquirido hasta que luego se incorporó a las distintas legislaciones de los países en forma de derecho adquirido. Primero  a empleados generalmente del Estado para luego expandirse a todas las actividades tanto públicas como privadas.

En general es un sueldo que se paga desdoblado en dos períodos del año (cada 6 meses), aunque pueden haber algunas variantes según el país y sus legislaciones.

En Europa, específicamente en Italia, se lo conoce como “Tredicesima Mensilitá” (decimotercera mensualidad"). Fue introducida el 5 de agosto de 1937 durante el Régimen Fascista como un regalo de Navidad al principio solamente para los trabajadores de la industria, según consta en el Contrato Colectivo Nacional del Trabajo (Contratto Collettivo Nazionale del Lavoro (CCNL), Art.13, del 05/08/1937.

En 1946 se amplió a todos los trabajadores, y posteriormente a todos los empleados en 1960. Se proporciona en un pago en diciembre a los empleados con contrato de duración determinada o permanente, en el período previo a las vacaciones de Navidad.

En la España de Francisco Franco en el año 1944 y por iniciativa de la Falange Española el Estado Social imperante en España  crea el Aguinaldo que será pagado en dos veces. Esto fue ratificado en el año 1947.('El Periódico de Catalunya', del 10/05/14 -autora Esther Sánchez en su artículo "Intangibles, Evolución y Pagas Extras")

El Aguinaldo en la Confederación Argentina

En lo que respecta a la Argentina suele decirse que el 1er. Aguinaldo se produjo en la Provincia de Jujuy. El Colegio Electoral había consagrado gobernador a Benjamín Villafañe, quien obtuvo el apoyo de una coalición de radicales ‘disidentes’ (no eran los ‘yrigoyenistas’) y conservadores. La Ley Nro. 619 del 30 de setiembre de 1924 decía: “Acuerdase al personal de servicio y ordenanzas de la administración medio mes de sueldo imputando el gasto a rentas generales”. Así solo incluía al personal de establecimientos públicos.

Pero la historia contada según los intereses políticos del momento olvidan o quieren olvidar ciertos hechos que o bien se inventan falseando la realidad o bien ocultándolos en ominosa omisión.

Uno de ellos es que en realidad el primer Aguinaldo (o ‘proto’-aguinaldo) –aunque no se lo conocía con ese nombre, es claro-  fue una resolución del Gobierno de la Confederación Argentina a cargo del Restaurador de las Leyes el Brg.Gral.Juan Manuel de Rosas, cuyo último acto de gobierno antes de ser derrocado su gobierno legítimo por el golpe sedicioso por la runfla de enemigos de nuestra soberanía: Brasileños, Urquiza y  Unitarios alzados en armas.

Efectivamente fue decisión del Gobernador Juan Manuel de Rosas otorgar a los empleados del Banco de la Provincia de Buenos Aires, un sueldo suplementario o gratificación consistente en un sueldo mensual, mediante una resolución suya el día 8 de Enero de 1852, y con la firma de los funcionarios del Banco dando por recibida tal resolución, como consta en la Biblioteca, Archivo y Museo Históricos del Banco de la Provincia de Buenos Aires “Dr. Arturo Jauretche”.  Esto demuestra el sentido social  que existía en el Gobierno de la Confederación Argentina. Caído el gobierno soberano, dichas sumas se dejaron de entregar.




Luego hubo que esperar hasta el año 1924 en la Provincia de Jujuy para que apareciera de nuevo, como ya se dijo, otorgado a empleados estatales.

En el año 1945, cuando el presidente de la Nación Argentina era Edelmiro Farrell y su ministro de Guerra y-sobre todo- Secretario de Trabajo y Previsión, Juan Domingo Perón –por entonces Coronel- crea por el decreto Nro.33.302 del 20 de Diciembre de 1945 el ‘Instituto Nacional de Remuneraciones’, se otorga un aumento salarial y se instituye el Sueldo Anual Complementario o Aguinaldo, no solo a los trabajadores del Estado sino también a los del sector privado de Comercio, de todo el país.

Cuando J.D.Perón fue elegido presidente de la Nación, el aguinaldo fue ratificado por la Ley Nro.12.921 el día 20 de Diciembre de 1946.

A partir de allí y hasta la fecha mediante distintas leyes, en especial La Ley de Contrato de Trabajo del año 1974 y sus reformas, se siguió perfeccionando dicho instituto.




Pero no fue la única medida de carácter social por parte de Rosas de la que estamos refiriendo. Las medidas proteccionistas para lo peones rurales que ya hemos expuesto en otros trabajos, se le suma lo que bien expresa el historiador Roberto FERNÁNDEZ CISTAC,

“Son innumerables los testimonios sobre la preocupación de Rosas respecto a los humildes y para la justa recompensa al trabajo; sus famosos Reglamentos para la Administración de Estancias contiene variadas reglas sobre jornada limitada, descansos, premios y recompensas.

“Parece que su personal se hallaba amparado por lo que hoy podríamos llamar "seguro de salud" pues estaba prevista la asistencia médica al obrero a cargo de la patronal,“El accidente o infortunio laboral se compensaba con el pago de una renta que en muchos casos fue vitalicia, es decir, una virtual jubilación por invalidez. Perolo que más le preocupa es que pueda palparse una realidad de distribución equitativa de la riqueza y por eso el tema social siempre ocupa un lugar en susmensajes a la Sala de Representantes; no disimula su complacencia porque "los talleres de artesanos se están poblando de jóvenes" demostrando así suinterés por lograr el pleno empleo.

“El periodista español Benito Hortelano, entusiasmado por testimonio de varios compatriotas que se habían "hecho la América" trabajando tres, cuatro o cinco años en nuestro país, se embarca y comprueba que en nada le habían mentido sobre los altos salarios que se percibían en Argentina y disfruta su satisfactorio nivel de vida.

“El diputado francés Laurent L'Ardéche identifica al régimen de Rosas con sus tendencias socialistas al decir en pleno Parlamento de Francia: "...la guerra de los gauchos del Plata contra los Unitarios de Montevideo representa en el fondo la lucha del trabajo indígena contra el capital y el monopolio extranjero... Rosas ha mejorado la condición social de las clases inferiores" .

A su vez, Juan Francisco BAROFFIO, y Mariela I. LAGHEZZA, Mariela nos dicen que en aquellos tiempos de la Conefederacin era común que existieran los llamados peones-esclavos no recibían salario ni podían elegir el lugar donde prestar servicios. Su mano de obra era muy requerida y eran bien tratados, no como en los EEUU, Brasil y Africa. En general eran, en la ciudad, una especie de miembro mas de la familia cuidando a los niños y la casa.

En las zonas rurales, debido a que las distintas coyunturas de la época (por ejemplo los reclutamientos para los ejércitos libertadores), hacían escasear a los trabajadores rurales estables. Aun después de 1815, representaban un 9% de la población rural.

Sus derechos se fueron incrementando paulatinamente. En las estancias de Rosas, para 1825 existían 33 esclavos, que recibían un pago en especies (una ración semanal cada uno). Diez años después, parece ya no haber ninguno. Incluso algunos que antes figuraban como esclavos, aparecen en las listas como peones libres y como capataces, trabajando por un salario al igual que el resto de los trabajadores.

La excepción parece ser un esclavo de nombre Carpintero, en 1840, que no quiere ser liberado, pero que resulta sumamente problemático. En esa fecha visita a Rosas en su casa de Buenos Aires (nótese que se movía con entera libertad para ir y venir).

Este lo manda de vuelta recomendándole al administrador de la propiedad  (por carta del 24 de abril de 1840, AGN, X, 25.7.1.) en la que el esclavo prestaba servicio, que si no anda bien allí, le de la libertad. “[…] “repito que ya no quiero más esclavos”..

El salario mensual promedio de un peón libre era de cuarenta pesos de plata para llegar a 100 pesos de plata. Entre estas condiciones podemos enumerar la de ser autorizados a tener hacienda propia y la de establecer “población”, es decir tener un predio en el que podían desarrollar una explotación económica propia, que a su vez les permita contratar sus peones (este caso, no tan frecuente entre los peones y si entre los capataces).

En el primer caso, encontramos que eran peones especializados en alguna tarea eventual que requería de ciertas condiciones o aptitudes, como la yerra. Estos trabajadores imponían sus condiciones de trabajo a la hora de celebrar contrato y, debido a la escases de esta mano de obra especializada, sus remuneraciones eran mucho más altas que la de los peones mensuales.

En el caso de los trabajadores de la yerra, si contaban con caballada propia, podían aumentar considerablemente el monto de la remuneración, sobre todo en tiempos en que las estancias se veían privadas de partes de sus tropillas que eran requisadas para la guerra.

Otras actividades que requerían de mano de obra eventual, eran aquellas que se realizaban de forma estacionaria, como la trasquila. Durante el verano, las estancias dedicadas a la cría de ovinos, recibían grandes cantidades de trabajadores por temporada. Acordaban una remuneración por cantidad de ovejas trasquiladas y una vez finalizada su faena se retiraban del establecimiento.

Este tipo de trabajadores eventuales no parece haber faltado nunca en las estancias de Rosas. Algo a destacar de esta actividad, es que casi un tercio de la mano de obra empleada proviene de mujeres. “[…] aquí la mujer adquiere por primera vez un rol destacado en las labores asalariadas de la estancia”.

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FUENTES

Biblioteca, Archivo y Museo Históricos del Banco de la Provincia de Buenos Aires “Dr. Arturo Jauretche”. 

MONTORO, Gonzalo V. (“De la mano de Rosas el primer aguinaldo en 1852’-Diario “Clarín” -‘Cartas’ Pag. 63 12-6-18

(ttps://www.pressreader.com/argentina/clarin/20190612/282540134845170)

FERNANDEZ CISTAC, Roberto (“Juan Manuel de Rosas, ¿Nostalgia del pasado o Programa del futuro?”- Revista del Instituto de Investigaciones Históricas Juan Manuel de Rosas-Nro.31- Abril/Junio 1993)

MONTORO GIL, Gonzalo V. (‘El Derecho Laboral Rural En La Confederación Argentina’)

https://elmensajerodelaconfederacionargentina.blogspot.com/2023/07/el-derecho-laboral-rural-en-la.html

BAROFFIO, Juan F.  y LAGHEZZA, Mariela i. (‘'Principios-de-Derecho-Laboral-Estancias JMDR')- Lecciones y Ensayos, Nro. 94, 2015-

https://www.derecho.uba.ar/publicaciones/lye/revistas/94/principios-de-derecho-laboral-estancias-juan-manuel-de-rosas.pdf

 

 

 


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